17/05/2016 11:20:08
El máximo tribunal quiere juzgar en Chile a Armando Fernández Larios, al estadounidense Michael Vernon Townley Welch y al ciudadano cubano Virgilio Paz Romero.
La Corte Suprema solicitó a Estados Unidos la extradición de los coautores del homicidio calificado del diplomático español Carmelo Soria Espinoza. La petición fue contra Armando Fernández Larios, el estadounidense Michael Vernon Townley Welch y del ciudadano cubano Virgilio Paz Romero. Soria trabajaba en Chile como diplomático para la ONU en la Cepal, la Comisión Económica para América Latina. El 14 de julio de 1976 fue secuestrado en Santiago cuando se dirigía a su casa. Fue trasladado a la casa que usaba el estadounidense donde fue torturado y finalmente estrangulado. Su cadáver fue metido en un vehículo y tirado a un canal con una falsa nota suicida en su bolsillo. En el fallo unánime de la Segunda Sala Penal, se estimó que se trató "de un un delito común, no político ni relacionado con uno de ellos, y a cuyo respecto la acción penal no está prescrita como lo consigna el tribunal instructor en el N° 8 del pedido de extradición y el Fiscal Judicial en su informe por tratarse de un delito de lesa humanidad". Los tres fueron sometidos a proceso en agosto de 2015.
El máximo tribunal quiere juzgar en Chile a Armando Fernández Larios, al estadounidense Michael Vernon Townley Welch y al ciudadano cubano Virgilio Paz Romero.
La Corte Suprema solicitó a Estados Unidos la extradición de los coautores del homicidio calificado del diplomático español Carmelo Soria Espinoza. La petición fue contra Armando Fernández Larios, el estadounidense Michael Vernon Townley Welch y del ciudadano cubano Virgilio Paz Romero. Soria trabajaba en Chile como diplomático para la ONU en la Cepal, la Comisión Económica para América Latina. El 14 de julio de 1976 fue secuestrado en Santiago cuando se dirigía a su casa. Fue trasladado a la casa que usaba el estadounidense donde fue torturado y finalmente estrangulado. Su cadáver fue metido en un vehículo y tirado a un canal con una falsa nota suicida en su bolsillo. En el fallo unánime de la Segunda Sala Penal, se estimó que se trató "de un un delito común, no político ni relacionado con uno de ellos, y a cuyo respecto la acción penal no está prescrita como lo consigna el tribunal instructor en el N° 8 del pedido de extradición y el Fiscal Judicial en su informe por tratarse de un delito de lesa humanidad". Los tres fueron sometidos a proceso en agosto de 2015.