17/05/2016 11:18:12
El caso ocurrió el 23 de agosto de 2015 cuando un hombre en compañía de un menor agredió a otro con un arma blanca ocasionándole la muerte.
![Foto Nota]()
El tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Arica condenó hoy a Michael Andrés González Hoyos a la pena efectiva de 8 años de presidio, en calidad de autor del delito consumado de homicidio, ilícito perpetrado en agosto de 2015, en la vía pública. En fallo unánime, el tribunal –integrado por los magistrados Guillermo Rodríguez González (presidente), Mauricio Vidal Caro (redactor) y Carlos Rojas Staub– aplicó, además, a González Hoyos las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para profesiones titulares durante el tiempo que dure la condena, y el pago de las costas del juicio. La resolución da por acreditado que el 23 de agosto de 2015, Michael González Hoyos y el menor de iniciales D.A.C.R. se encontraban en la intersección de las calles Fortunato Valencia y Fuerte Bulnes, donde sostuvieron una discusión con las víctimas Jaime Lovera Mamani y Jimmy Lovera Paredes. Provisto de un arma blanca, el condenado mayor de edad, agredió a ambas víctimas. En la oportunidad Michael González le enterró un cuchillo a Jimmy Lovera Paredes, causándole varias heridas de consideración las que le provocaron un paro cardiorrespiratorio, que finalmente terminan con su muerte momentos más tarde. Además, el tribunal dispuso, una vez ejecutoriado el fallo, que se proceda a la toma de muestra biológica del sentenciado para determinar su huella genética y su incorporación en el registro nacional de ADN de condenados.
El caso ocurrió el 23 de agosto de 2015 cuando un hombre en compañía de un menor agredió a otro con un arma blanca ocasionándole la muerte.

El tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Arica condenó hoy a Michael Andrés González Hoyos a la pena efectiva de 8 años de presidio, en calidad de autor del delito consumado de homicidio, ilícito perpetrado en agosto de 2015, en la vía pública. En fallo unánime, el tribunal –integrado por los magistrados Guillermo Rodríguez González (presidente), Mauricio Vidal Caro (redactor) y Carlos Rojas Staub– aplicó, además, a González Hoyos las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para profesiones titulares durante el tiempo que dure la condena, y el pago de las costas del juicio. La resolución da por acreditado que el 23 de agosto de 2015, Michael González Hoyos y el menor de iniciales D.A.C.R. se encontraban en la intersección de las calles Fortunato Valencia y Fuerte Bulnes, donde sostuvieron una discusión con las víctimas Jaime Lovera Mamani y Jimmy Lovera Paredes. Provisto de un arma blanca, el condenado mayor de edad, agredió a ambas víctimas. En la oportunidad Michael González le enterró un cuchillo a Jimmy Lovera Paredes, causándole varias heridas de consideración las que le provocaron un paro cardiorrespiratorio, que finalmente terminan con su muerte momentos más tarde. Además, el tribunal dispuso, una vez ejecutoriado el fallo, que se proceda a la toma de muestra biológica del sentenciado para determinar su huella genética y su incorporación en el registro nacional de ADN de condenados.